VIETNAM

1. Requisitos Legales

1.1 Legislación de referencia

  • Ley sobre matrimonio y familia (Ley nº 22/200 QH 10 de 9 de junio 2000, en vigor a partir de 1º enero 2001)
  • Ley sobre nacionalidad vietnamita (1998)
  • Decreto n.68/2002/ND-CP sobre la Familia y Matrimonio, entrada en vigor el día 2 de enero de 2003
  • Circular del Ministerio de Justicia nº 07/2002/tt-btp DE 16/12/2002
  • Convenio de Cooperación en materia de adopción entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam.

1.2 Adoptantes.

  • Tener al menos 20 años más que la o el menor a adoptar.
  • Pueden adoptar matrimonios y personas solteras. La Ley vietnamita prohibe adoptar a homosexuales.
  • Al mismo tiempo, deben respetar la legislación española, en especial:
    • Ser mayor de 25 años. En la adopción por ambos cónyuges basta que uno de ellos haya alcanzado dicha edad.
    • Tener por lo menos 14 años más que la o el menor adoptado.
    • Estar en posesión del certificado de idoneidad emitido por los Servicios de Protección de Menores de la Comunidad Autonóma de residencia.

1.3 Menores.

Son adoptables:
  • Con edad inferior a quince años.
  • De más de quinces años, si tienen alguna discapacidad.
  • Que residan en instituciones infantiles legalmente establecidas.
  • Que sus progenitores o tutores hayan consentido en la adopción
  • Es necesario el consentimiento para la adopción del niño o la niña con más de nueve años.

2. Criterios Técnicos de Selección

  • El país da prioridad a los matrimonios sin descendencia.

3. Tipos de Adopción

3.1 Formas de adopción

Decisión de carácter administrativo ( Presidente del Comité Popular provincial).
3.2 Efectos de la adopción
(La Resolución DGRN de 6 de mayo de 1999 le da carácter de plena)
  • Entre la persona adoptante y la o el adoptado existen derechos y obligaciones,estipulados en los artículos 19 a 25 de la Ley de matrimonio y familia.
4. Procedimiento

4.1 Documentos del expediente

4.1.1 Por las personas interesadas

  • Solicitud de adopción presentada de acuerdo con el modelo establecido para ello.
  • Copia del pasaporte u otro documento oficial.
  • Certificación escrita y emitida por un organismo sanitario competente, con una validez de seis meses, en la que se declare que dicha persona goza de una buena salud y no padece enfermedades mentales o contagiosas.
  • Certificado en el consten los ingresos anuales y en el que se demuestre que dicha persona puede hacer frente a los costes que implica la adopción.
  • Certificado de nacimiento
  • Certificado de matrimonio, en su caso, o fe de vida y estado, para personas solteras.
  • Certificado de penales, con una validez de seis meses.
  • Fotografías de las personas solicitantes y del domicilio.

4.1.2 Por la Entidad Pública

  • Informe de valoración de las circunstancias sociales y psicológicas.
  • Certificado de idoneidad.
  • Compromiso de seguimiento.

4.2 Organismo público competente

MINISTERIO DE JUSTICIA
DEPARTAMENTO DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
SG-58/60 TRANPHU HANOI

5. Tramitación

5.1 Tramitación en España

  • Admite la tramitación sólo por ECAI
  • Toda la documentación debe ir traducida, legalizada y autenticada. Se remite por duplicado.

5.2 Tramitación en en el país

  1. La nueva Ley establece una Agencia central dependiente del Ministerio de Justicia competente para el tratamiento de los expedientes de adopción. No obstante, en la práctica, las decisiones de fondo sobre el expediente se sitúan en la competencia de los Comités Populares del Partido Comunista en cada provincia (art. 39), ya que de ellos depende la inscripción de la adopción.
  2. La solicitud de adopción por parte de personas no nacionales de este país, deberán ser registradas por los organismos estatales vietnamitas competentes. Estos organismos son los Comités populares de nivel provincial de aquellas localidades en las que existan instituciones para menores o bien los Comités populares de la provincia en la que tengan su residencia permanente los progenitores o tutores de las y los menores.
  3. En el transcurso de los siete días posteriores a la fecha de recepción de los expedientes de los solicitantes de una adopción, la Agencia de Adopción Internacional de Menores deberá examinar y considerar la totalidad de cada expediente.
  4. La Agencia de Adopción Internacional de Menores será la responsable de:  
    1. Clasificar los expedientes y registrarlos en los libros de control
    2. Enviar comunicaciones oficiales, junto con copias de las solicitudes de adopción, a los Servicios de Justicia provinciales/municipales, con objeto de llevar a cabo los procedimientos.
    3. En caso de menores concretos, identificados con nombres y apellidos, las autoridades competentes instruyen a las instituciones o lugar donde se encuentre la o el menor para recoger su expediente.
  5. Una vez la Agencia de Adopción Internacional considere que el expediente se halla completo y es válido, lo comunicará a los Servicios de Justicia de la provincia o municipio y estos requerirán a las personas interesadas para que se trasladen a Vietnam con objeto de completar los trámites de la adopción.

6. Embajadas/Consulados

EMBAJADA DE ESPAÑA EN VIETNAM
Daeha Business Centre, 15th floor
360 Kim Ma Street, Ba Dinh
District.-Hanoi
EMBAJADA DE VIETNAM EN ESPAÑA
C/ Arturo Soria, 201
MADRID.

7. Seguimiento

  • Desde el 13 de septiembre de 2011, los informes de seguimiento de Vietnam, se realizarán cada 6 meses durante los primeros tres años. Esto rige tanto para los nuevos expedientes como para aquellos que ya están en fase de seguimientos postadoptivos.
  • Es necesario abonar tasas por este concepto, así como comprometerse mediante un modelo establecido para ello. Deben adjuntar 6 fotos del menor en diferentes ambientes.

8. E.C.A.I.S. Acreditadas

8.1 En Andalucía:

  • ACI. (Acreditada por la Junta de Andalucía el 30/04/2008 y por Vietnam el 13/06/2008).
Dirección:

C/ Trastamara, 23 1º B

41001 SEVILLA

Tlf. y Fax: 954561659

Tarifa: Por tramitación del expediente: 8.487€ + 4.500€ (previsión gastos en el país) 
Informes de seguimientos: 900€
  • ADECOP. (Acreditada por la Junta de Andalucía el 16/05/2008 y por Vietnam el 03/09/2008.
Dirección:


Ronda de Capuchinos 10,1º-A
41003 SEVILLA
Télefono: 954538262
Fax:954541172
Tarifa: Por tramitación de expedientes:8.384€ + 8.900$ USA (previsión gastos en el país) 
Informes de seguimiento:1.080€

  • CREIXER JUNTS. (Acreditada por la Junta de Andalucía el 12/05/2008 y por Vietnam el 20/01/2009).
Dirección:
Avda. San Francisco Javier, 1 4º A

41005- SEVILLA

Teléfono:954933464

Fax:954933465

Tarifa: Por tramitación de expedientes: 8.410€ + 7.900$ USA (previsión gastos en el país)
Informes de seguimiento: 1.072€
  • INTERADOP. (Acreditada por la Junta de Andalucía el 26/01/2009 y por Vietnam el 12/09/2008).
Dirección:
C/ Roberto Olid nº 2, Bloque 10, Local 11
29639 Arroyo de la Miel
Benalmádena-MALAGA
Tfno y fax: 952 449733
Tarifa: 8.762,98€ + 7.564,54$USA (previsión gastos en el país)
Informes de seguimiento: 900€

8.2 En otras Comunidades Autónomas:

9. Situación en Andalucia de Expedientes Tramitados/Menores Adoptados

  • Año 2007: Expedientes:    0; Adopciones:     0
  • Año 2008: Expedientes:  49 , Adopciones:    0
  • Año 2009: Expedientes:  89 , Adopciones:  20
  • Año 2010: Expedientes:  86, Adopciones:   57
  • Año 2011: Expedientes 0, Adopciones: 16

OCTUBRE (2011)

En la reunión de Directores Generales de Infancia del día 27 de septiembre de 2011, en relación con la tramitación en Vietnam, se acordó lo siguiente:

- Los expedientes que se encuentren registrados en Vietnam podrán continuar su tramitación.
- No se admitirán solicitudes nuevas para menores sanos.

Sólo se admitrán solicitudes de adopción de menores con necesidades especiales. No obstante, dado que no existe prácticamente experiencia de este tipo de adopciones especiales, desconocemos por el momento el procedimiento que se seguirá en la tramitación de estos expedientes. Parece ser que en el Registro de Adopciones Especiales de Vietnam se encuentran menores discapacitados y/o con enfermedades crónicas. Y aunque se prevé que en dicho Registro se incluyan menores sanos con una edad superior a 5 años, aún no es posible adoptar niños mayores a través de este procedimiento. 

Adopción de menores con necesidades especiales

Vietnam tiene establecido una via especial para la adopción de menores con necesidades especiales que se encuentran en situación de abandono, autorizando para ello a Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional.
  • Los menores susceptibles de ser adoptados o adoptadas a través de este procedimiento, son calificados de necesidades especiales por padecer algún problema o enfermedad física. Las situaciones más frecuentes son fisura palatina, alteraciones de la piel, enfermedades infecciosas y crónicas, fundamentalmente cardiovasculares.
  • Son menores que presentan alguna minusvalía leve, moderada o severa,  patologías o malfornaciones físicas y enfermedades crónicas.
  • Las personas solicitantes que deseen tramitar su expediente a través de esta vía tienen que ser valoradas en cuanto a su capacidad para adoptar a menores de necesidades especiales.


MARZO 2012 (Fuente: www.interadop.com)

"En este momento [...] se está siguiendo el trámite establecido para reiniciar el proceso con la nueva acreditación que está proveyendo el Gobierno de Vietnam a todas las Entidades extranjeras que han trabajado con Vietnam en los últimos cinco años y que corresponde a los Directores Generales de todas las Comunidades Autónomas decidir y comunicar oficialmente en qué momento se reinicia la actividad de adopción con Vietnam para nuevas solicitudes de adopción; una vez que la ECAI cuente con la correspondiente licencia (acreditación) podrá retomar los expedientes que se encuentran en Vietnam de acuerdo al nuevo proceso vietnamita de adopción internacional y también pueden instar nuevas solicitudes de adopción hacia Vietnam, si lo consideran oportuno las autoridades españolas. En ese momento el Departamento de Adopciones de Vietnam (DA) ha decidido recibir 54 expedientes para la lista nº 1 entre todas las Entidades Extranjeras además de los 15 a los que se les efectuó asignación anteriormente". Más información


Última actualización: 22/03/2012

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