SRI LANKA

NOTA: En virtud del acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores y Directoras Generales de 2 de febrero de 2009, la posibilidad de adoptar en este país se encuentra en estudio actualmente.

1. Requisitos Legales

1.1 Legislación de referencia

  • Firma el Convenio de la Haya el 24/05/94, lo ratifica el 23/01/95 y entra en vigor el 1/05/95.
  • Adoption of Children Ordinance, de 1956.
  • Child Adoption Procedure for the Guidance of foreing Applicants, 1992.
  • Adoption of Children (última modificación 1992).
  • Citizenship Act, de 1956 (arts.19 a 21, relativos a la nacionalidad.)

1.2 Adoptantes

  • Estado civil : Solo admite matrimonios.
  • Edad : Deben tener más de 25 años y una diferencia con el o la menor de, al menos, 21 años.
  • Convivencia : Se les exige 1 año de matrimonio.
  • Hijos e hijas: Las familias que tengan 2 hijos o hijas sólo podrán adoptar menores con necesidades especiales.
  • Tiempo de permanencia en el país: entre 30-35 días.

1.3 Menores

  • Menores de 14 años, cuyos progenitores hayan consentido a la adopción o que se encuentren declarados en abandono.
  • Mayores de 10 años deben prestar su consentimiento a la adopción.

2. Criterios Técnicos de Selección

  • Dan preferencia a matrimonios sin hijos o hijas.

3. Tipos de Adopción

3.1 Formas de adopción

  • La decisión adoptada por las autoridades locales es de carácter judicial.

3.2 Efectos de la adopción

  • Plena.
  • Pierde la nacionalidad sri-lankesa al adoptar la nacionalidad española

4. Procedimiento

4.1 Documentos del expediente

4.1.1 Por las personas interesadas

  • Solicitud de adopción (no es necesaria su legalización.)
  • Certificado de matrimonio.
  • Fotocopia de los pasaportes.
  • Certificado de nacimiento de las personas solicitantes y de los hijos o hijas si los hubiera.
  • Acreditación de propiedad o alquiler del domicilio.
  • Acreditación de empleo y nómina o acreditación de ingresos.
  • Certificado de Penales.
  • Certificado de cuentas bancarias.
  • Certificado médico, que incluya informe sobre salud física y mental (si la pareja es estéril, deberá constar en el certificado).
  • Permiso de entrada y residencia en España, del o la menor.
  • 4 Fotografías de cada solicitante.
  • 8 a 10 fotografías de la vivienda y del entorno familiar.

4.1.2 Por la Entidad Pública

  • Informe Psicológico.
  • Informe Social.
  • Certificado de Idoneidad. (Debe incluir fotografías de las personas solicitantes.)
  • Compromiso de seguimiento.

4.2 Organismo público competente

  • Commisionner of Department of Probation and Child Care ServicesP.O. BOX 546
    COLOMBO (Sri Lanka)

5. Tramitación

5.1 Tramitación en España

  • Admite la tramitación del expediente completo por la Entidad Pública o ECAI.
  • La documentación deberá estar legalizada, autenticada y traducida al inglés.
  • El Expediente debe enviarse en original y copia, siendo ésta compulsada.
  • La Embajada de España en la India (Nueva Delhi) es la encargada de los asuntos de Sri-Lanka.
  • Preasignación:Una vez aceptada la asignación por la familia la Dirección General deberá elaborar un documento por el que manifieste su acuerdo a la continuación del procedimiento de adopción, según lo establecido en el Art. 17.C del Convenio de la Haya.

5.2 Tramitación en en el país

  • Antes de salir del país deben solicitar a la Autoridad Central el certificado de que la adopción se ha constituído conforme al Convenio de la Haya (documento imprescindible para el reconocimiento de efectos de la resolución extranjera de adopción en el ámbito del Convenio).

6. Embajadas/Consulados

  • Consulado de Sri-Lanka en BarcelonaC/Mallorca, 192 2ª plta
    08036 Barcelona
    Tfno: 934534402
  • Consulado de Sri-Lanka en Madrid
    C/Mirasierra, 8 -3º izda ( Cita previa)
    28026 Madrid
    Tlf:670843969
    Fax: 912227190
  • Embajada de España en La India16, Sunder Nagar
    Nueva Delhi 110003
    Tfno: (91-11)24359004/05/06/07
    Fax: (91-11)24359040
    Email: embespin@mail.mae.es

7. Seguimiento

  • Informe semestral durante los tres primeros años. Después un informe anual hasta que el o la menor cumpla 16 años.

8. E.C.A.I.S. Acreditadas

8.1 En Andalucía:

8.2 En otras Comunidades Autónomas:

  • BALBALIKA: Cataluña

9. Situación en Andalucia de Expedientes Tramitados/Menores Adoptados

  • Año 2007: Expedientes: 0, Adopciones: 0
  • Año 2008: Expedientes: 0, Adopciones: 0
  • Año 2009: Expedientes: 0, Adopciones:0
  • Año 2010: Expedientes: 0, Adopciones: 0

10. Observaciones

  • Pese a ser un Estado signatario del Convenio de la Haya en materia de Adopción Internacional, NO hay experiencia de tramitación de adopciones internacionales con este Estado
11. Webs y blogs amigos


Última modificación: 31/01/2012

1 comentario:

  1. EL CONSULADO DE SRI LANKA SE HA TRASLADADO A LA CALLE BRAGANZA, 11 - 3º IZQ. MADRID. TFNO. 913194802 FAX: 913195027

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