COSTA RICA

IMPORTANTE: De acuerdo a la información facilitada por el Consejo Nacional de Adopciones del PANI (Autoridad Central de la República de Costa Rica), sólo se admitirán solicitudes de adopción internacional para:

  • menores de más de 4 años si se trata de 1 sólo niño o niña.
  • grupos de más de 2 hermanos o hermanas de 2 a 12 años.
  • menores de cualquier edad que presesnten algún tipo de discapacidad.

1. Requisitos Legales

1.1 Legislación de referencia

  • Firma del Convenio de La Haya (29/05/1993), siendo ratificado el 30-10-95 y en vigor desde 1-02-96.
  • Ley nº 7.538 de 1995 que modifica el Código de Familia en relación a la adopción. (Art.109c y 113)
  • Reglamento del Consejo Nacional de Adopciones del Patronato Nacional de la Infancia de 11/6/2008, reformado el 12/3/2009 y 14/4/2009. 

1.2 Adoptantes

  • Edad: Ser mayor de 25 años y no tener una edad superior a los 55. La diferencia de edad entre adoptante y menor deberá ser al menos de 15 años. En la adopción por matrimonios, esta diferencia se establece con relación a la persona solicitante de menor edad.
  • Estado Civil: Los casados y casadas deberán llevar, al menos, 5 años de matrimonio.
    • No aceptan parejas de hecho.
    • Legalmente aceptan personas solteras pero priorizan las solicitudes de familias casadas.
  • Permanencia en el país: 6 semanas.

1.3 Menores

  • Menores declarados en estado de abandono, cuyos progenitores hayan consentido a la adopción ante el juez y éste considere que es en interés del niño o la niña.

2. Criterios Técnicos de Selección

3. Tipos de Adopción

3.1 Formas de adopción

  • La decisión pronunciada por las autoridades locales tiene carácter judicial.

3.2 Efectos de la adopción

  • Plena

4. Procedimiento

4.1 Documentos del expediente

4.1.1 Por las personas interesadas

  • Solicitud de adopción (modelo del PANI, en poder de las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social).
  • Certificado de matrimonio, en su caso.
  • Certificado de nacimiento de ambos cónyuges.
  • Certificado de ingresos económicos (Certificación Salarial o Certificado de Declaración de la Renta).
  • Certificado médico que incluya estado de salud física y psíquica (pruebas del SIDA).
  • Certificado de penales.
  • 2 fotografías (pasaporte) recientes y en posición frontal.
  • Poder otorgado a representante en Costa Rica.
  • Fotos familiares y de la vivienda.
  • Fotocopia del pasaporte. 

4.1.2 Por la Entidad Pública

  • Informe Psicológico.
  • Informe Social.
  • Certificado de Idoneidad.
  • Compromiso de seguimiento.

4.2 Organismo público competente

  • Patronato Nacional de la Infancia
    Oficina de Adopciones
    Apartado Postal 5.000-1000
    San José (Costa Rica)
    Teléfono: 00-506-222.04.43
    Fax: 00-506-233.24.14
    E-mail: paniadop@raesa.co.er

5. Tramitación

5.1 Tramitación en España

  • Todo el expediente completo deberá enviarse a través de la Entidad Pública o ECAI.
  • El expediente deberá ser legalizado y autenticado (excepto la solicitud de adopción). Además de la legalización en España, todos los documentos deben legalizarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica. 
  • Los documentos no podrán tener más de 1 mes desde la expedición por la autoridad competente.
  • Preasignación: Una vez aceptada la asignación por la familia, la Dirección General deberá elaborar un documento por el que manifieste su acuerdo a la continuación del procedimiento de adopción, según lo establecido en el Art. 17.C del Convenio de la Haya.

5.2 Tramitación en en el país

  • Antes de salir del país deben solicitar a la Autoridad Central el certificado de que la adopción se ha constituido conforme al Convenio de la Haya (documento imprescindible para el reconocimiento de efectos de la resolución extranjera de adopción en el ámbito del Convenio.)

6. CONSULADOS/EMBAJADAS

  • EMBAJADA DE COSTA RICA EN ESPAÑA
    Pº Castellana, nº 164,17-A
    28046 Madrid
    Teléfono: 91 3459622 y 91 3459521
    Fax: 91 333709
    Email: embajada@embcr.org
  • EMBAJADA DE ESPAÑA EN COSTA RICA
    Calle 32 (entre Paseo Colón y Avda. Segunda)
    San José. Apdo. Correos: 10150
    1000 San José
    COSTA RICA
    Tfno: 2225745, 2217005 y 2221933
    Fax: 2224180
    Email: embespcr@correo.mae.es

7. Seguimiento

  • Por un período de 2 años, cada seis meses a partir de la fecha de la llegada del menor o la menor a España. Se deben adjuntar fotografías, informe médico e informe escolar.

8. E.C.A.I.S. Acreditadas

8.1 En Andalucía:

  • Mami Wata:  (acreditada por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social con fecha 10/09/2009 y por el país el 22/04/2010)
Dirección: Glorieta de las Tres Culturas
(Estación de Autobuses) Oficina 9
14011 Córdoba
Tlfno: 957 281 724
Fax: 957 767 148
email: adopcion@mamiwata.es
Coste: 12.540 €
Inicialmente tramitarán un cupo de 10 expedientes y en la medida en que se vayan resolviendo se le remitirán nuevos expedientes.

8.2. Comunidades Autónomas:

  • Nuevo Futuro: Navarra, Pais Vasco

9. Situación en Andalucia de Expedientes Tramitados/Menores Adoptados

  • Año 2007: Expedientes: 3, Adopciones: 1
  • Año 2008: Expedientes: 4, Adopciones: 0
  • Año 2009: Expedientes: 1, Adopciones: 3
  • Año 2010: Expedientes: 5, Adopciones: 1

10. Observaciones

  • Una vez presentada la solicitud de adopción a Costa Rica, las personas solicitantes, cada seis meses, deberán actualizar su interés en la misma.
  • El tiempo de espera desde que el expediente está en Costa Rica es bastante dilatado.
Última modificación: 02/03/2011

No hay comentarios:

Publicar un comentario