HUNGRÍA

NOTA IMPORTANTE:

En el caso de parejas, durante 2012 se aceptarán solicitudes de adopción para:

  • Niños de hasta 7 años con problemas de salud física, mental o de comportamiento.

  • Grupos de 3 o más hermanos, incluyendo niños menores de 6 o 7 años.

  • Los solicitantes de adopción cuya solicitud esté dirigida para la adopción de menores de 3-4 años de edad, deben asumir que los menores presenten algún trastorno (problemas de salud física, mental o de comportamiento).
  • Son admitidas solicitudes instadas por mujeres solteras dirigidas a la adopción de menores de 10 años de edad o más.


Para el caso de solteros sólo se aceptaran solicitudes para niños mayores de 10 años.

Por cada ECAI se aceptarán 30 solicitudes de adopción de niños o grupos de hermanos mayores de 6 o 7 años. Para niños mayores de 10 años no existe limitación en el número de solicitudes poresentadas por parejas.


Según la información proporcionada, de nuevo, a finales de 2012 se informará de las solicitudes que serán aceptadas en el año 2013.


1. Requisitos Legales

1.1 Legislación de referencia

  • Firmó el Convenio de la Haya el 25-05-04, lo ratificó el 06-04-05, entrando en vigor el 01-08-05.
  • Ley 1/1974 relativa a la adopción, modificada por Decreto nº 12/1987.
  • Ley relativa a derecho de familia 4/1986/VI modificada por Ley XXXI/1997.
  • Decreto-Ley nº 149 de 10-09-97 sobre tutela, protección a la infancia y procedimiento de tutelas.

1.2 Adoptantes

  • Edad:
    • Personas mayores (25 años) en posesión de sus derechos civiles.
    • La diferencia de edad entre adoptante y  menor no puede ser superior a 45 años.
  • Estado Civil:
                  - Personas casadas.
                 - Personas solteras (sólo pueden adoptar niños/as mayores de 10 años).

  • Tiempo de permanencia en el país: Aproximadamente de 30 a 45 días.

1.3 Menores

  • Si ha cumplido 14 años deberá ser oído por el organismo competente.

2. Criterios Técnicos de Selección

3. Tipos de Adopción

3.1 Formas de adopción

  • Decisión de las autoridades locales, luego tiene carácter administratico.

3.2 Efectos de la adopción

  • Plena, la adopción es revocable.
  • Nacionalidad: El niño o la niña no pierde su nacionalidad húngara, salvo que lo soliciten las madres y/o padres adoptivos.

4. Procedimiento

4.1 Documentos del expediente

4.1.1 Por las personas interesadas

  • Solicitud (carta personal exponiendo los motivos para la adopción y la elección del país) dirigida al Instituto Nacional para la Protección de las Familias y los Niños.
  • Certificados de nacimiento.
  • Certificado de matrimonio.
  • Certificados de antecedentes penales.
  • Certificados médicos.
  • Fotocopia del pasaporte
  • Certificado de ingresos
  • Fe de vida y estado civil

4.1.2 Por la Entidad Pública

  • Informe psicológico
  • Informe social
  • Certificado de idoneidad
  • Compromiso de seguimiento

4.2 Organismo público competente

  • ORSZÁGOS CSALAD-ÉS GYERMEKVÉDELMI INTEZET
    (Instituto Nacional de Protección de la Familia y del Niño)
    TUZER U 33-35
    1134 BUDAPEST (HUNGRIA)
    Tfno.: 120.22.00 / 140.91.65
    Fax: 140.91.65

5. Tramitación

5.1 Tramitación en España

  • Sólo admite la tramitación del expediente por ECAI.
  • Todos los documentos deberán estar apostillados y traducidos al húngaro.
  • Todos los documentos deberán ser renovados. Hungría no admite documentos con una antigüedad superior a un año .

5.2 Tramitación en en el país

  • Recibida la solicitud, el Instituto Nacional para la Protección de las Familias y los Niños informará a la familia que han sido inscritos en una lista de espera. Los niños y niñas adoptables están inscritos en un Registro Central.
  • El Instituto Nacional para la Protección de las Familias y los Niños envía el expediente al Servicio de Protección a la Infancia territorial competente, quién informa a las personas solicitantes de la posibilidad de asignarle un  o una menor.
  • La oficina municipal de tutelas procede a oir a todos los relacionados con la adopción, comprobando que se cumplen con todos los requisitos exigidos y toma la decisión de confiar en guarda al niño o la niña con los candidatos durante un perído de un mes, residiendo la familia en este tiempo en Hungría. Cumplido este período, la Oficina de tutelas dicta la resolución definitiva de adopción (condicionada a un plazo de 15 días para recurrir) ordenando que se emita la nueva certificación de nacimiento, el pasaporte del o la menor y la autorización de salida de Hungría.
  • El procedimiento de adopción es gratuito, no siendo necesario la intervención de abogado o abogada, pero se aconseja utilizar la ayuda de un o una intérprete.
  • Si la solicitud de adopción no es atendida en el plazo de 2 años, puede ser reiterada.

6. Embajadas/Consulados

  • Embajada de Hungría en España
    C/Fortuny, nº 6-4º
    28010 Madrid
    Tfno.: 91-413 70 11
    Fax: 91 413 41 38
    E-mail: info@embajada-hungria.org
  • Embajada de España en Hungría
    Eötvös utca ll/B
    1067 BUDAPEST VI
    HUNGRIA
    Tfno: 3429992,3429993 y 3511832
    Fax: 3510572
    Email: embesphu@mail.mae.es

7. Seguimiento

  • El país no lo exige

8. E.C.A.I.S. Acreditadas

8.1 En Andalucía:

8.2 En otras Comunidades Autónomas:

  • MIMO: Madrid

9. SITUACION EN ANDALUCIAD DE EXPEDIENTES TRAMITADOS/MENORES ADOPTADOS

  • Año 2007: Expedientes: 0, Adopciones: 0
  • Año 2008: Expedientes: 0, Adopciones: 0
  • Año 2009: Expedientes: 0, Adopciones: 1
  • Año 2010: Expedientes: 0, Adopciones: 0

10. Observaciones

  • Hay pocos menores para adopción internacional (junio 2004)
Última modificación: 05/04/2012

1 comentario:

  1. Nosotros estamos a la espera de que nos den el Certificado de Idoneidad en Hungría, hemos realizado un blog donde explicamos todo el proceso desde el principio y hemos puesto además vínculos a las diferentes ECAIS de otros países por si alguien está interesado. Espero que os pueda ayudar.
    http://eliniciodeunanuevahistoria.blogspot.com.es/2013_08_01_archive.html

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