BRASIL

1. Requisitos Legales

NOTA IMPORTANTE: En respuesta a la cuestión planteada por las autoridades españolas a las autoridades competentes en Brasil sobre la adopción por parejas homosexuales, éstas han indicado lo siguiente:
  • Estado de Río Grande do Sul: El problema viene dado por la falta de ECAI que trabaje en dicho Estado y la no existencia de niños pequeños o sin necesidades especiales.
  • Estado de Sao Paulo:  Se requiere de alguna ECAI para presentar las solicitudes. Han realizado adopciones de parejas homosexuales.
  • Estado de Minas Gerais: Comunican que aceptarán solicitudes de adopción de parejas homosexuales. Admiten la tramitación por Entidad Pública.
Aunque en mayo de 2008 la Autoridad Central del Convenio de la Haya en Brasil, informaba del desconocimiento de la existencia de sentencias de adopción por parte de parejas homosexuales, según la información facilitada por algunas ECAIS, en estos momentos se están dictando sentencias a parejas homosexuales. (2011).
Brasil es un estado federal compuesto por 27 Estados, cada uno de las cuales tiene su  propia interpretación de las leyes federales y sus propias exigencias en materia de tramitación de expedientes.
Esta ficha contempla sólo las exigencias de la ley federal.
Aunque la vía de tramitación es a través de ECAI, las CEJAS de Minas Gerais y Río de Janeiro admiten la tramitación por Entidad Pública.

1.1 Legislación de referencia

  • Firmado el Convenio de la Haya el 29/05/93 y ratificado el 10/03/99, entrando en vigor el 1/07/99.
  • No existe protocolo de coordinación entre Brasil y España.
  • Estatuto de Crianza del Adolescente de 1.995.
    (Ley nº 8069 de 13/07/90)
  • Decreto 3.174 de 16-9-99 (B.O. Brasileño de 17-9-99)
  • Capítulo III de la Constitución de la República de Brasil. Código de la nacionalidad brasileña.
  • Decreto 5.491 de 18 de julio de 2005. 

1.2  Adoptantes

  • Edad: Ser mayor de 21 años. En el caso de matrimonio o pareja de hecho, basta con que un cónyuge haya alcanzado dicha edad.
    • La diferencia de edad entre adoptante y menor debe ser al menos de 16 años.
  • Estado Civil: Admite todos los estados civiles.
  • Tiempo de permanencia en el país: Un mínimo de 15 días para menores de 2 años y un mínimo de 30 días para mayores de 2 años.

1.3 Menores

  • Podran ser adoptados menores de 18 años.
  • Según la normativa actual de Brasil la adopción internacional se acepta sólo para menores a partir de 5 años, a excepción de grupos de hermanos o hermanas o de menores con necesidades especiales.En el caso de grupo de 2 hermanos se pueden tramitar idoneidades a partir de 3 años. 
  • De progenitores desconocidos, que hayan dado su consentimiento a la adopción, o que hayan sido privados de la patria potestad.
  • El  menor de 12 años debe dar su consentimiento a la adopción.

2. Criterios Técnicos de Selección

3. Tipos de Adopción

3.1 Formas de adopción

  • La adopción se resuelve mediante Sentencia Judicial.

3.2 Efectos de la adopción

  • Adopción plena.

4. Procedimiento

4.1 Documentos del expediente

4.1.1 Por los interesados

  • Certificado de matrimonio.
  • Certificado de nacimiento.
  • Acreditación del domicilio, en propiedad o alquiler.
  • Certificado de penales.
  • Certificación de empleo.
  • Certificado de ingresos anuales ( en dólares americanos).
  • Certificado médico de salud física y mental.
  • Fotografía de cada solicitante, del domicilio y sus familiares.
  • Fotocopia del pasaporte.

4.1.2 Por la Entidad Pública

  • Certificado de Idoneidad.
  • Informe psicológico.
  • Informe social.
  • Compromiso de seguimiento.
  • Certificación de que se cumplen los requisitos legales del país de nacionalidad.

4.2 Organismo público competente

  • Secretaría de Estado dos Direitos Humanos (Secretaría de Estado de los Derechos Humanos)
    Ministerio de Justicia
    Explanada de los Ministerios
    70000 Brasilia D.P. (Brasil)
  • Comisiones Estatales de Adopción (CEJA), ubicada en cada Estado brasileño.

5. Tramitación

5.1 Tramitación en España

  • El expediente se tramitará completo a través de ECAI o de Entidad Pública. 
  • Las solicitudes deberán ir dirigidas a la Comisión Estatal de Adopción del Estado en que se pretende adoptar.
  • Los expedientes deberán ser traducidos al portugués en España (traducción jurada), legalizados en el Ministerio de Asuntos Exteriores y autenticados en el Consulado de Brasil en España.
  • Preasignación: Al aceptar la asignación la Dirección General deberá elaborar un documento por el que manifieste su acuerdo a la continuación del procedimiento de adopción, según lo establecido en el Art. 17.C del Convenio de la Haya.

5.2 Tramitación en en el país

  • La información contenida en esta página web, contempla sólo las exigencias de la ley federal.
  • El periódo de convivencia con el menor en Brasil, será mínimo de 15 días para los menores de 2 años y  de 30 días para los mayores de esta edad.
  • Antes de salir del país deberán solicitarse a la Autoridad Central el certificado de que la adopción se ha constituído conforme al Convenio de la Haya (documento imprescindible para el reconocimiento de efectos de la resolución extranjera de adopción en el ámbito del Convenio).
6. EMBAJADAS Y CONSULADOS
  • Embajada de Brasil en España:
    C/Fernando el Santo, 6
    28010 Madrid
    Tfno.: 917004650
    Fax: 917004660
    Email: adm@embajadadebrasil.es
  • Embajada de España en Brasil:
    SES Av. Das Naçoes, Q. 811, Lt.44
    70429-900 Brasilia D.F.
    Tlfnos.: 2442121, 2442023, 2442776 y 2442145
    Fax: 2421781 y 2442381
    Email: embespbr@correo.mae.es

7. Seguimiento

  • Deberán enviarse a los CEJAIS  informes de seguimiento semestrales por un período mínimo de 2 años, salvo que en la resolución judicial de adopción, se estableza otro período. 

8. E.C.A.I.S. Acreditadas

8.1 En Andalucía:

  • AAIM-ANDENI (Acreditada por la Junta de Andalucía el 26 de enero de 2010 y por Brasil el 15 de marzo de 2006):
          Dirección:
          Avda. Kansas City, 28 -Local 5-
          41007 Sevilla
          Tfno: 954643694
          Fax: 954644616
          e-mail: ecai@andeni.es
          Web: http://www.andeni.org/
          Tarifa: 10.088 €
  • Admiten idoneidades para un menor a partir de 5 años o para un grupo de 2 hermanos a partir de 3 años.
  • Pueden tramitar solicitudes de adopción de parejas estables homosexuales.
 
 

 8.2 En otras Comunidades Autónomas:

  • AAIM: Aragón, La Rioja.
  • ASEFA: Aragón, Castilla-La Mancha, Madrid, País Vasco, Valencia.
  • BRADOPTA: Cataluña.

9. Situación en Andalucia de Expedientes Tramitados/Menores Adoptados

  • Año 2007: Expedientes: 5, Adopciones: 0
  • Año 2008: Expedientes: 4, Adopciones: 3
  • Año 2009: Expedientes: 4, Adopciones: 1
  • Año 2010: Expedientes: 2, Adopciones: 1

10. Observaciones

Última modificación: 30/09/2011

1 comentario:

  1. hola soy mexicana tengo una hija de 8 años y me interesa adoptar una niña 2 o 3 años menor que mi hija de 6 o 7 años, los tramites por requisitos no me ha sido posible realizarlo en mi pais, ya que no estoy casada y mi pareja no vive con nosotras pero si convivimos
    adoptar una niña bracileña podria ser la solución me interesa que se de la adopción de una nima maximo de 8 años para la correcta integración a la familia

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