TERRITORIOS PALESTINOS (BELÉN)

Según informe del Consulado General de España en Jerusalén, la situación actual de la adopción Internacional en Belén es la siguiente:
  • La competencia exclusiva sobre materias del estatuto personal de los palestinos y palestinas de origen católico y, entre ellas, sobre la adopción de los huérfanos y huérfanas palestinos de origen católico reside en el Patriarcado Latino de Jerusalén.
  • La competencia para la tramitación de expedientes de adopción, ha sido atribuida por el patriarcado latino de Jerusalén a la Comunidad religiosa de las Hijas de la Caridad "Foyer de la Sainte famile", de Belén.
  • Que la competencia para constituir adopciones plenas en estos casos le corresponde, según la legislación Palestina en vigor, al Tribunal Eclesiástico de Jerusalén y que en sus sentencias constitutivas de la adopción fija que:
    • el menor o la menor ha sido abandonado por los padres renunciando a sus derechos.
    • que los adoptantes disponen de medios económicos para hacer frente a las necesidades del menor o la menor de manera digna.
    • que los adoptantes no padecen enfermedades contagiosas ni tienen antecedentes penales.
    • que proceden de familias cristianas y son capaces de desarrollar una relación paterno-filial con el adoptado o adoptada.

1. Requisitos Legales

1.1 Legislación de referencia

1.2 Adoptantes

1.3 Menores.

2. Criterios Técnicos de Selección

3. Tipos de Adopción

3.1 Formas de adopción

3.2 Efectos de la adopción

4. Procedimiento

  • Todos los documentos deben estar legalizados y traducidos al inglés por un traductor jurado, (excepto las fotos).

4.1 Documentos del expediente

4.1.1 Por las personas interesadas

  • Carta de solicitud al Centro de Belén "Foyer de la Sainte famile".
  • Carta de Solicitud de adopción al Tribunal Eclesiástico del Patriarcado Latino de Jerusalén.
  • Fotografía reciente de las personas solicitantes y de su vivienda.
  • Certificado de matrimonio religioso.
  • Partida de nacimiento de los adoptantes.
  • Certificado médico de infertilidad.
  • Certificado médico que declare ausencia de enfermedades contagiosas.
  • Extracto bancario que demuestra que los adoptantes tienen medios para mantener al adoptado o a la adoptada.
  • Fotocopia de la Ley de Adopción del Estado de los adoptantes. 
  • Certificado de penales.
  • Copia legalizada ante notario de los pasaportes de los solicitantes.

4.1.2 Por la Entidad Pública

  • Informe Psicológico.
  • Informe Social.
  • Certificado Idoneidad.

4.2 Organismo público competente

  • Patriarcado Latino de Jerusalén.

5. Tramitación

5.1 Tramitación en España

  • Los expedientes deben tramitarse completos a través de la Entidad Pública.

5.2 Tramitación en en el país

  • Una vez recibida la documentación en el Consulado de España en Jerusalén, éste la entrega al Foyer de la Sainte Famile, que a su vez la presenta para su resolución al Tribunal Eclesiástico de Jerusalén. En ningún caso, deben presentarse los expedientes directamente ante dicha Institución.
  • En cuanto al tiempo mínimo de estancia de la familia en el país, éste depende del tiempo de duren los trámites judiciales y por otra, del tiempo mínimo de adaptación adoptantes-adoptdo, aunque no suele exceder de una o dos semanas.

6. Embajadas/Consulados

    Consulado General de España en Jersulalén
    Sheikh Jarrah
    Jerusalén
    Fax.: +972 (02) 5326731

7. Seguimiento

8. E.C.A.I.S. Acreditadas

8.1 En Andalucía:

8.2 En otras Comunidades Autónomas:

9. Situación en Andalucia de Expedientes Tramitados/Menores Adoptados

  • Año 2007: Expedientes:    0, Adopciones:    0 
  • Año 2008: Expedientes:    0, Adopciones:    0 
  • Año 2009: Expedientes:    2,  Adopciones:   1 
  • Año 2010: Expedientes:    3, Adopciones:    1

10. Observaciones

De acuerdo a la legislación local vigente sobre adopciones, el número total de adopciones internacionales posible no suele exceder de 1 ó 2 anuales y hay años en los que no tiene lugar ninguna.
Última modificación: 05/07/2011

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