Según informe del Consulado General de España en Jerusalén, la situación actual de la adopción Internacional en Belén es la siguiente:
- La competencia exclusiva sobre materias del estatuto personal de los palestinos y palestinas de origen católico y, entre ellas, sobre la adopción de los huérfanos y huérfanas palestinos de origen católico reside en el Patriarcado Latino de Jerusalén.
- La competencia para la tramitación de expedientes de adopción, ha sido atribuida por el patriarcado latino de Jerusalén a la Comunidad religiosa de las Hijas de la Caridad "Foyer de la Sainte famile", de Belén.
- Que la competencia para constituir adopciones plenas en estos casos le corresponde, según la legislación Palestina en vigor, al Tribunal Eclesiástico de Jerusalén y que en sus sentencias constitutivas de la adopción fija que:
- el menor o la menor ha sido abandonado por los padres renunciando a sus derechos.
- que los adoptantes disponen de medios económicos para hacer frente a las necesidades del menor o la menor de manera digna.
- que los adoptantes no padecen enfermedades contagiosas ni tienen antecedentes penales.
- que proceden de familias cristianas y son capaces de desarrollar una relación paterno-filial con el adoptado o adoptada.
1. Requisitos Legales
1.1 Legislación de referencia
1.2 Adoptantes
1.3 Menores.
2. Criterios Técnicos de Selección
3. Tipos de Adopción
3.1 Formas de adopción
3.2 Efectos de la adopción
4. Procedimiento
- Todos los documentos deben estar legalizados y traducidos al inglés por un traductor jurado, (excepto las fotos).
4.1 Documentos del expediente
4.1.1 Por las personas interesadas
- Carta de solicitud al Centro de Belén "Foyer de la Sainte famile".
- Carta de Solicitud de adopción al Tribunal Eclesiástico del Patriarcado Latino de Jerusalén.
- Fotografía reciente de las personas solicitantes y de su vivienda.
- Certificado de matrimonio religioso.
- Partida de nacimiento de los adoptantes.
- Certificado médico de infertilidad.
- Certificado médico que declare ausencia de enfermedades contagiosas.
- Extracto bancario que demuestra que los adoptantes tienen medios para mantener al adoptado o a la adoptada.
- Fotocopia de la Ley de Adopción del Estado de los adoptantes.
- Certificado de penales.
- Copia legalizada ante notario de los pasaportes de los solicitantes.
4.1.2 Por la Entidad Pública
- Informe Psicológico.
- Informe Social.
- Certificado Idoneidad.
4.2 Organismo público competente
- Patriarcado Latino de Jerusalén.
5. Tramitación
5.1 Tramitación en España
- Los expedientes deben tramitarse completos a través de la Entidad Pública.
5.2 Tramitación en en el país
- Una vez recibida la documentación en el Consulado de España en Jerusalén, éste la entrega al Foyer de la Sainte Famile, que a su vez la presenta para su resolución al Tribunal Eclesiástico de Jerusalén. En ningún caso, deben presentarse los expedientes directamente ante dicha Institución.
- En cuanto al tiempo mínimo de estancia de la familia en el país, éste depende del tiempo de duren los trámites judiciales y por otra, del tiempo mínimo de adaptación adoptantes-adoptdo, aunque no suele exceder de una o dos semanas.
6. Embajadas/Consulados
Consulado General de España en Jersulalén Sheikh Jarrah Jerusalén Fax.: +972 (02) 53267317. Seguimiento
8. E.C.A.I.S. Acreditadas
8.1 En Andalucía:
8.2 En otras Comunidades Autónomas:
9. Situación en Andalucia de Expedientes Tramitados/Menores Adoptados
- Año 2007: Expedientes: 0, Adopciones: 0
- Año 2008: Expedientes: 0, Adopciones: 0
- Año 2009: Expedientes: 2, Adopciones: 1
- Año 2010: Expedientes: 3, Adopciones: 1
10. Observaciones
De acuerdo a la legislación local vigente sobre adopciones, el número total de adopciones internacionales posible no suele exceder de 1 ó 2 anuales y hay años en los que no tiene lugar ninguna.
Última modificación: 05/07/2011
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