CAMERÚN

1. Requisitos Legales

NOTA IMPORTANTE: Según la última información de la Embajada de España en Yanudé, no es recomendable adoptar en Camerún en la situación actual debido a la falta de seguridad jurídica en las adopciones.

1.1 Legislación de referencia

  • No ha firmado ni ratificado el Convenio de la Haya.
  • Código de Procedimiento judicial de 31-5-77
  • Código Civil de 1.956(Articulo 343 a 370).
  • Disposición de 29 de Junio de 1.981, sobre organización del Estado Civil (Art. 42).

1.2 Adoptantes

  • Estado Civil: Admiten matrimonios y personas solteras.
  • Edad:
    • Deben tener 40 años cumplidos. No obstante, se admiten a matrimonios en el que, al menos un cónyuge, tenga cumplidos los 35 años, tengan más de 10 años de matrimonio y no hayan tenido hijos o hijas.
    • La diferencia de edad entre adoptante y menor debe ser al menos de 15 años.
  • Hijos:
    • No pueden tener hijas o hijos biológicos, sí adoptados o adoptadas.

1.3 Menores

  • El mayor de 16 años debe consentir personalmente la adopción.

2. Criterios Técnicos de Selección

  • Tienen prioridad las parejas estériles.

3. Tipos de Adopción

3.1 Formas de adopción

  • Existen dos modalidades de adopción, la llamada "adopción simple" y la "legitimación adoptiva" (esta es la preceptiva para la adopción internacional).
  • La decisión de una legitimación adoptiva es de carácter judicial.Corresponde la competencia al Tribunal Superior Civil del domicilio del adoptado o la adoptada.

3.2 Efectos de la adopción

  • Plena en la modalidad de "legitimación adoptiva" sólo es posible para  menores de 5 años, que sean huérfanos o huérfanas, en situación de abandono o de filiación desconocida.

4. Procedimiento

4.1 Documentos del expediente

4.1.1 Por las personas interesadas

  • Solicitud de adopción dirigida al Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.
  • Certificado de nacimiento.
  • Certificado de matrimonio.
  • Certificaciones de moralidad .
  • Copia compulsada de los D.N.I.
  • Para personas solteras: compromiso notarial de algún miembro de su familia de que se ocuparía del menor o la menor en caso de incapacidad o fallecimiento.
  • Certificación de estado civil.
  • Copia de la última nómina.
  • Certificado médico que incluya, en su caso, certificación de esterilidad y de que no se padece enfermedades contagiosas.

4.1.2 Por la Entidad Pública

  • Informe psicológico.
  • Informe social.
  • Certificado de idoneidad.
  • Compromiso de seguimiento.

4.2 Organismo público competente

  • Ministère de Affaires Sociales .
    Madame la Deleguée Provinciale du Centre.
    Inspecteur des Affaires Sociales
    YAOUNDE
  • Organismo público:
    • Centro de Acogida de Menores abandonados Bobogo
      NKOMO
  • Organismos privados:
    • Centro Comunitario
      BP 4548
      YAOUNDE
    • Fundación Manos en las Manos
      DOUALA
    • Hermanas de la Pasión
      MIMBOMAN
      BP 195
      YAOUNDE

5. Tramitación

  • Admite la tramitación por Entidad Pública. La Entidad Pública sólo tramita los documentos que a ella correspondan, el resto los envían las personas interesadas directamente al país.
  • Todos los documentos deberán ser traducidos al francés, legalizados y autenticados.

6. Consulado

  • Embajada de España en Camerún
    Bld de l'URSS, s/n. Quartier Bastos
    BP 877
    YAOUNDE
    Teléfono: 2203543 y 2204189
    Fax: 2206491 y 2210825
    Email: embespcm@mail.mae.es
  • Embajada de Camerún en España
    C/Rosario Pino, 3
    28020 MADRID
    Teléfono: 915711160
    Fax: 915712504
    Email: ambacammadrid@telefonica.net

7. Seguimiento

8. E.C.A.I.S. Acreditadas

8.1 En Andalucía:

8.2 En otras Comunidades Autónomas:

9. Situación en Andalucia de Expedientes Tramitados/Menores Adoptados

  • Año 2007: Expedientes: 1, Adopciones: 0
  • Año 2008: Expedientes: 0, Adopciones: 0
  • Año 2009: Expedientes: 0, Adopciones: 0
  • Año 2010: Expedientes: 0, Adopciones: 0

10. Observaciones

11. Webs y blogs amigos

Última modificación: 31/01/2012

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